Actualidad Uruguay

Inclusión Financiera y uso de medios de pago electrónicos

Proyecto de Ley que modifica la Ley 19.732

El pasado mes de agosto se presentó ante la Cámara de Representantes un proyecto de ley que modifica la Ley 19.210 [1] de inclusión financiera, comentada en otros números de Progreso.

El Proyecto pretende eliminar las obligaciones impuestas por la última modificación de la norma para así garantizar una inclusión financiera voluntaria real sin exigencias que podrían suponer una exclusión al espíritu inclusivo de la Ley.

Los aspectos más relevantes son:

Libertad de pacto

A diferencia de la Ley vigente, las personas físicas y jurídicas podrán pactar libremente los negocios jurídicos que contiene la norma. De esta manera, podrán operar libremente tanto en forma, contenido y condiciones, sin limitarse a los medios impuestos por la regulación actual. Es decir, dejará de ser obligatorio el método electrónico de pago o cobro de ciertos conceptos, herramientas de las que no disponen personas en situación de necesidad y no haría sino aumentar su exclusión social.

No obstante, el Proyecto reconoce asimismo la posibilidad de someterse a todas o alguna de las disposiciones de la Ley, respetando en todo caso, la voluntad de las partes.

Interés público

El proyecto deroga el Art. 83 de la Ley que cataloga como “de orden público” todas las disposiciones que aquella contiene, calificación en la que basa su obligatoriedad. Todo ello sin perjuicio del mantenimiento de la vigencia de toda la legislación referida al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

 

[1] Ley 19.210 de 29 de abril, modificada por la Ley 19.478 de 5 de enero de 2017, por el Decreto Nº 350/017 de 31 de diciembre de 2017 y por la Ley 19.593 de 26 de enero de 2018.