Actualidad Unión Europea

Acuerdo provisional para una nueva ley europea del clima

Comisión Europea

En el número 22 de Progreso ya comentamos la propuesta de la Comisión Europea -realizada en marzo de 2020- de contar con una Ley Europea del Clima que convierta en legislación el objetivo establecido en el Pacto Verde Europeo para que la economía y la sociedad europea sean climáticamente neutras en el año 2050.

Objetivos

Recordamos que los principales objetivos de la propuesta son los siguientes:

  • Establecer la trayectoria a largo plazo para cumplir el objetivo de neutralidad climática de 2050 a través de todas las políticas, de forma socialmente justa y rentable.
  • Crear un sistema de seguimiento de los avances y adoptar nuevas medidas en caso necesario.
  • Ofrecer previsibilidad a los inversores y demás agentes económicos.
  • Garantizar que la transición a la neutralidad climática sea irreversible.

Acuerdo provisional

En abril de 2021, los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre el Reglamento relativo a la Ley del Clima, en virtud del cual han consensuado que la Ley del Clima incluya, entre otras, las siguientes cuestiones:

  • El ambicioso objetivo climático para 2030 de reducir las emisiones netas en al menos un 55 % con respecto a los niveles de 1990
  • La necesidad de aumentar los sumideros de carbono mediante una legislación UTCUTS más ambiciosa, sobre la que la Comisión presentará propuestas en junio de 2021
  • Un procedimiento para establecer un objetivo climático para 2040, teniendo en cuenta un presupuesto indicativo de emisiones de gases de efecto invernadero para el período 2030-2050 que será publicado por la Comisión
  • Un compromiso a favor de emisiones negativas a partir de 2050

Consejo científico consultivo

Además, contemplan la creación de un consejo científico consultivo, compuesto por quince expertos de alto nivel de diferentes nacionalidades, con un máximo de dos miembros que posean la nacionalidad del mismo Estado miembro, y mandatos de cuatro años.

El consejo se encargará, entre otras cosas, de proporcionar asesoramiento científico y de elaborar informes sobre las medidas adoptadas por la UE, los objetivos climáticos, los presupuestos indicativos de emisiones de gases de efecto invernadero y la coherencia con la legislación europea sobre el clima y con los compromisos internacionales de la UE en el marco del Acuerdo de París.

Otras cuestiones

Asimismo proponen que existan disposiciones más estrictas en materia de adaptación al cambio climático; una coherencia entre las políticas de la UE y el objetivo de neutralidad climática; y un compromiso de colaboración con los distintos sectores para redactar hojas de ruta sectoriales específicas que tracen el camino hacia la neutralidad climática en diferentes ámbitos de la economía.

La Comisión se ocuparía de supervisar la elaboración de dichas hojas de ruta, facilitar el diálogo a escala de la UE y compartir las mejores prácticas entre las partes interesadas.

Próximos pasos

El acuerdo provisional se someterá a la aprobación del Consejo y del Parlamento Europeos antes de proseguir a las fases formales del procedimiento de adopción. Actualmente se está preparando el expediente para su adopción formal.